Evaluación de Interés Legítimo

Evaluación de Ponderación del Interés Legítimo

Versión: 1.0 Fecha: 1 de agosto de 2026 Uso: una evaluación separada por cada actividad y finalidad

No puede invocarse interés legítimo marcando una casilla genérica. La evaluación debe aprobarse antes del tratamiento y mantenerse disponible para la Superintendencia y, en una versión que proteja secretos empresariales y seguridad, para el titular.

Identificación

Campo Respuesta obligatoria
ID del RAT y finalidad única
Interés lícito, concreto y real
Beneficiario del interés
Titulares y categorías de datos
Datos sensibles, especiales o menores
Volumen, frecuencia, duración y países

Prueba de necesidad

Describir por qué el tratamiento es indispensable, qué alternativas menos invasivas se evaluaron y por qué no alcanzan la finalidad. Si existe una alternativa razonable menos invasiva, no se aprueba esta base.

Ponderación

Documentar naturaleza de los datos, relación con el titular, contexto de recopilación, expectativas razonables, posibilidad de oposición, efectos, grupos vulnerables, transferencias, probabilidad e impacto de daños y salvaguardas.

Decisión

Resultado Selección
Aprobado con medidas y fecha de revisión [ ]
Rechazado: usar otra base o no tratar [ ]
Requiere EIPD o consulta previa [ ]

La aprobación debe identificar responsable, fecha, medidas obligatorias, riesgo residual, forma de informar al titular y mecanismo para atender oposición y acceso a la evaluación.