Procedimiento Interno de Respuesta a Incidentes de Datos Personales
Versión: 1.0
Fecha: 30 de julio de 2026
Uso: Interno
1. Reporte y contención
Todo colaborador o proveedor debe informar inmediatamente a info@summitexplorerjd.ec, con el asunto URGENTE — Incidente de datos personales. El titular del negocio actúa como coordinador inicial hasta que exista una designación interna distinta documentada.
Se deberá:
- asignar identificador, fecha y responsable;
- contener sin destruir evidencia;
- proteger cuentas, claves y sistemas;
- determinar datos y titulares afectados;
- registrar decisiones y tiempos; y
- recuperar el servicio de forma segura.
2. Evaluación
Documentar:
- confidencialidad, integridad o disponibilidad afectada;
- categorías, sensibilidad y volumen;
- titulares y posibles personas vulnerables;
- facilidad de identificación;
- consecuencias probables;
- medidas de protección existentes; y
- riesgo para derechos y libertades.
3. Plazos
| Emisor | Destinatario | Plazo máximo legal aplicable |
|---|---|---|
| Encargado | Responsable | Término de dos (2) días desde conocimiento |
| Responsable | Superintendencia y ARCOTEL | Término de cinco (5) días desde conocimiento, salvo improbabilidad de riesgo |
| Responsable | Titular | Término de tres (3) días desde conocimiento del riesgo cuando afecte derechos y libertades |
Las notificaciones tardías deberán justificar la demora. Si no es posible informar individualmente, se evaluará la comunicación pública conforme a la ley.
4. Contenido
- naturaleza y cronología;
- categorías y número aproximado;
- consecuencias;
- medidas adoptadas o propuestas;
- contacto;
- recomendaciones al titular; y
- información adicional exigida.
5. Registro
| Incidente | Detección | Conocimiento formal | Datos | Riesgo | Autoridad | ARCOTEL | Titulares | Medidas | Cierre |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| [COMPLETAR] |
Todos los incidentes se registran, aunque no sean notificables. Después del cierre se realizará análisis de causa y plan correctivo.